DGT: el valor de adquisición/transmisión de la ganancia en IRPF es independiente de lo declarado en el ITPyAJD

Las consultas vinculantes de la Dirección General de Tributos V1601-22, de 1 de julio de 2022, y V1694-22, de 15 de julio de 2022, aclaran qué ha de considerarse por valor de adquisición y de transmisión a los efectos del cálculo de la ganancia o pérdida patrimonial en el IRPF y, en particular, si se considera como tal la base imponible por la que se haya tributado en el ITPyAJD. 

Deixa unha resposta

O teu enderezo electrónico non se publicará Os campos obrigatorios están marcados con *

Este sitio emprega Akismet para reducir o spam. Aprende como se procesan os datos dos teus comentarios.