El TS interpreta el art. 23.1.a RDL 8/2020, que regula la composición de la comisión negociadora de los ERTE

Para el TS, cuando los centros afectados por el ERTE ETOP COVID-19 carezcan de representación legal, y no existe convenio aplicable, «la composición de la comisión negociadora debe integrarse por los sindicatos más representativos del sector en el que se encuadra la empresa, sin distinguir a los de ámbito estatal de los de ámbito autonómico y los sindicatos representativos, entendiéndose como tales aquellos que están legitimados para formar parte de la comisión negociadora del convenio de aplicación».

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