La DGT aclara si, en caso de retribución en especie por uso de vivienda, los suministros pagados por el empleador forman parte de ella o van aparte

¿Los suministros de luz y gas de la vivienda del empleador cedida al empleado como retribución en especie están incluidos en la valoración de la renta por uso de vivienda del art. 43.1.1.º de la LIRPF o constituyen un rendimiento adicional cuando los asume el empleador? Tributos lo ha aclarado recientemente.

Deixa unha resposta

O teu enderezo electrónico non se publicará Os campos obrigatorios están marcados con *

Este sitio emprega Akismet para reducir o spam. Aprende como se procesan os datos dos teus comentarios.