Tributos recuerda la no sujeción al IRPF de los intereses de demora por ingresos indebidos devueltos por la AEAT

En su consulta vinculante (V1195-22), de 27 de mayo de 2022, la Dirección General de Tributos ha recordado que los intereses de demora abonados por la Agencia Tributaria al realizar una devolución de ingresos indebidos no están sujetos al IRPF, según el criterio fijado por el Tribunal Supremo.

Deixa unha resposta

O teu enderezo electrónico non se publicará Os campos obrigatorios están marcados con *

Este sitio emprega Akismet para reducir o spam. Aprende como se procesan os datos dos teus comentarios.