El TS admite la deducción de la retribución de los administradores sociales aunque no conste en los estatutos

En una sentencia de marzo de 2024, el Supremo fija criterio interpretativo sobre la deducción en IS de la retribución de los administradores, estimado que la falta de previsión estatutaria de la misma no determina, sin más, la imposibilidad de deducirse el gasto.

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