En el ámbito tributario, la empresa no puede deducir de los ingresos del trabajador las retenciones mal practicadas en su momento

¿Qué sucede cuando el empleador practica a algún trabajador unas retenciones a cuenta del IRPF inferiores a las procedentes? ¿Puede luego deducírselas de sus ingresos o repercutírselas al trabajador de otro modo según la normativa fiscal? Descubra lo que ha señalado al respeto la Dirección General de Tributos.

Deixa unha resposta

O teu enderezo electrónico non se publicará Os campos obrigatorios están marcados con *

Este sitio emprega Akismet para reducir o spam. Aprende como se procesan os datos dos teus comentarios.