La DGT aclara la exención de las dietas obtenidas en el extranjero durante días no laborables

La Dirección General de Tributos ha aclarado, reiterando doctrina, que las dietas devengadas en los días no laborables forman parte del período de desplazamiento por motivos laborales del trabajador y se encuentran exentas, salvo que las dietas devengadas se encuentren fuera de dicho período.

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